Marco Legal

Acerca de Infocred

Los Burós de Información Crediticia operan bajo el marco de la Ley de Servicios Financieros N° 393, cuyo objeto es regular las actividades de intermediación financiera y la prestación de servicios financieros en el país. En su Artículo 123, esta Ley los reconoce como empresas de Servicios Complementarios Financieros, cuyas operaciones se rigen por el Reglamento para Burós de Información, que establece las disposiciones relativas a su creación, funcionamiento, atribuciones y responsabilidades dentro del Sistema Financiero Boliviano.

La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), en el ejercicio de sus atribuciones, emitió la Resolución ASFI N° 680/2015, mediante la cual se aprueba el Reglamento de Burós de Información. Este instrumento normativo faculta a los burós a recolectar, almacenar, consolidar y procesar información crediticia, así como a desarrollar e implementar modelos de riesgo y herramientas analíticas que contribuyan a la gestión eficiente del crédito y la mitigación del riesgo financiero.

Al encontrarse bajo la supervisión directa de la ASFI, los Burós de Información están sujetos al cumplimiento de las normas prudenciales y regulatorias vigentes, incluyendo el Reglamento de Protección al Consumidor de Servicios Financieros, las disposiciones de la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF) y otras regulaciones complementarias orientadas a garantizar la transparencia, seguridad y confidencialidad de la información.

De esta manera, los Burós de Información se consolidan como actores estratégicos del Sistema Financiero, promoviendo la confianza, inclusión y estabilidad a través del uso responsable y seguro de la información crediticia.