Los Burós de Información se rigen bajo la Ley de Servicios Financieros N°393, que tiene por objeto regular las actividades de intermediación financiera y la prestación de servicios financieros. Esta Ley en su artículo N° 123 los define como empresas de Servicios Complementarios Financieros, que desarrollan sus actividades siguiendo el Reglamento para Burós de Información, en el que se norma, la creación, funcionamiento y atribuciones dentro del Sistema Financiero.
La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero a su vez ha desarrollado el Reglamento de Burós de Información por medio de la Resolución N° 680/2015, que permite a estas entidades recolectar, almacenar, consolidar y procesar información, además de desarrollar e implementar modelos de riesgos.
Al estar bajo la supervisión de la ASFI, los Burós de información también acatan el reglamento de protección del consumidor de servicios financieros, UIF, entre otros.